lunes, 29 de octubre de 2012

"Sit tibi terra levis". La muerte en Zalamea la Real durante el Antiguo Régimen.


Que la tierra te sea leve. La idea de trascendencia que los romanos otorgaban a la vida más allá de la muerte generó este tipo de epitafios que confirmaba la idea de una vida más allá de la vida. Usado de forma generalizada en gran parte de las lápidas de época romana precristiana, la abreviatura S·T·T·L  (y sus variantes) ofrecía al difunto el consuelo de los vivos para soportar el peso de la tierra sepulcral. Esta idea de trascendencia es consustancial al hombre, o al menos a los miembros de aquellas culturas y sociedades que generaron algún tipo de consciencia mística o espiritual a lo largo de la Historia. Hemos comprobado en múltiples ocasiones cómo desde los albores de la Humanidad los seres humanos han intentado ofrecer a sus difuntos un liviano traspaso del mundo de los vivos al de los muertos a través de una serie de rituales y liturgias propias de cada época. Y un ejemplo muy cercano lo tenemos en los dólmenes que aún mantienen sus estructuras en nuestros campos, los vestigios ceremoniales y sepulcrales más antiguos conservados y repartidos por gran parte del término municipal de Zalamea la Real.
La riqueza antropológica, más allá de la histórica, que ofrece el hecho de la muerte y de su afrontamiento por parte de los hombres, brinda a los investigadores un importante caldo de cultivo para la investigación de la mentalidad de los individuos de cada época. Así podemos decir que el estudio de la muerte es uno de las empresas más destacadas de aquello que se conoce como Historia de las Mentalidades.
Dejando a un lado el estudio de la muerte en época prehistórica y antigua, y saltándonos la Edad Media, nos introduciremos en los entresijos de la llegada de la muerte a un hogar zalameño del siglos XVIII, cuando la religiosidad prácticamente rodeaba las formas de actuar y de pensar de los habitantes de este pequeño núcleo de población del antiguo Arzobispado de Sevilla.
Si es cierto que el hecho absoluto de la muerte, es decir, el cese de la vida, afecta a todos los ciudadanos por igual, el proceso que envolvía a la misma no se desarrollaba en todos los hogares de forma paralela. En función de la capacidad adquisitiva de cada familia, el moribundo tendría uno u otro trato en su propio sepelio. No cabe duda que, como pasa hoy en día, los entierros no eran fruto de la gratuidad de las personas ni de la iglesia, sino que su conquista estaba determinada por el bolsillo del fenecido. Aquellos que por circunstancias mundanas habían caído en la pobreza y en la enfermedad, o se encontraban lejos de su hogar, o no tenía más recursos que la calle, sufrían un controvertido acceso a un entierro cristiano digno. De ahí la aparición de los Hospitales de la Sangre o de los Hospitales de la Caridad que se hicieron cargo de aquellas personas que ahogaban sus vidas en la más extrema pobreza y en el olvido. A este respecto la Historia de Zalamea la Real nos ha dejado claros ejemplos del cuidado asistencial de los pobres. Tenemos constancia documental de la existencia de tres hospitales en la localidad:  la Hermandad de la Vera Cruz (1580) ejercía su auxilio en el Hospital de la Sangre u Hospital de Santa María de Augusta, donde se daba acogida a peregrinos, enfermos, pobres y moribundos y donde se ejercía la caridad con ellos aportándoles atención. Dicho Hospital ya formaba parte de la cofradía desde su fundación, teniendo, además de las funciones asistenciales, las propias de culto:  “...establecemos y hordenamos esta nuestra hermandad a gloria y honra del omnipotente dios y de la soberana virgen nuestra señora del angustia y culto de la santa vera cruz para provecho y augmento de nuestras animas hordenamos la Regla y capítulos siguientes cuyo titulo y devoción queremos tener en el Hospital de Santa Maria del Angustia de esta villa de çalamea a donde los cofrades y hermanos se quiera ayuntar a hacer sus cabildos y fiestas y devociones de disciplina del jueves santo...” ; la Hermandad de San Vicente (1425), que recordemos indicaba en sus reglas que Juan de las Armas y su hermana Catalina González cedieron las casas y Hospital que se nombro Hospital de la Cofradía del Señor San Vicente, indicando además en sus reglas que “…se a de dar la charidad a todos los que binieren a rrogar a Dios por los diffuntos y a los niños que binieren y para este effecto se ha de comprar el bino que la hermandad acordare conforme viere la hermandad y los quessos que ffueren menester y sea de acer cocido[...]y sea de rrepartir en esta forma con los hermanos y pobres que binieren a reçar y con los niños que vinieren a el dicho hospital dándole a cada uno su limosna igualmente de pan, queso y vino...”.;  y en tercer lugar el Hospital de Nuestra Señora de la Asunción…que bulgarmente llaman el Hospital de Balera …”, o al que se denominó también en tiempo Hospital de San Francisco, al que dedicaremos un artículo futuro. Junto a estos hospitales, otro ejemplo de consuelo del más necesitado lo tenemos en la existencia de la Hermandad de la Santa Caridad, que ofrecía “…asistencia de pobres, curación de algunos enfermos que en el discurso del año se recogen en el Hospital, entierro que se hacen de limosna y otros que se le ofrecen los costea el número de hermanos según su propia ordenanza hechas por sí y que están con aprobación del eclesiástico...”.
Además de todo ello, cada una de las Hermandades existentes en el pueblo tenía una serie de obligaciones que cumplir para el velo y sepelio de los hermanos difuntos, con lo que todo el mundo tenía garantizada, de alguna manera, la oración y el respeto ante la muerte y su traslado a la sepultura.
Pero aquellos personajes más pudientes, en función de su riqueza y del deseo de  mantener su alma a buen recaudo, sí que tenían un protocolo bien demarcado  en sus horas finales. Fiel reflejo de ello es el estudio de los testamentos que se conservan en los archivos y que ponen de manifiesto una clara imagen de esa mentalidad piadosa del hombre ante la muerte. No vamos a hacer en este escueto artículo una extensa disertación sobre el hecho de la muerte del hombre del Antiguo Régimen en Zalamea la Real, pero, al menos, vamos a identificar los componentes más destacados del texto final del moribundo a la hora de hacer testamento, pues ahí si que se pone de manifiesto la situación psíquica del doliente ante lo que se le avecinaba, y es que memento homo, quia pulvis es, et in pulieren reverteris.
Pongamos algunos ejemplos:
1         La invocación: Cada testador y cada escribano público utilizará en el texto del testamento una serie de apartados cuyo contenido literal será revelador de los últimos deseos del agónico personaje. El primero será la invocación, donde se abría el testamento invocando a la divinidad (Dios, la Virgen, los Santos y la Santísima Trinidad):
§        “En el nombre de Dios nuestro Señor Todopoderoso Amén” (Testamento de Francisco Domínguez Bernal en 1797).
§        “In Dei Nomine, Amen”  (Testamento de Juan de la Cruz López en 1797)
§        “En el nombre de Dios Amén” (Testamento de Gabriel Alejandro Sanz en 1791)
2       La salud: tratándose de su última voluntad, el testador, que iba a ceder a sus herederos las posesiones que estimaba oportunas, dejaba bien claro ante el escribano público su completa disposición mental para hacerlo, a pesar del  definitivo momento vital por el que atravesaba. Era esencial para que los herederos no alegaran ningún tipo de manipulación en la concesión de heredades motivadas por la delicada salud del futuro finado.
§        “…estando enfermo del cuerpo y sano de la voluntad, en mi entero juicio y entendimiento natural y que Dios nuestro señor fue servido quererme dar…”   (de Francisco Domínguez Bernal en 1797).
§        “…hallándome como me hallo con una avanzada edad y con varios achaques habituales que trae consigo y al presente en cama pero en mi cabal juicio, habla, memoria y natural entendimiento qual la divina majestad ha sido servido quererme dar…”  ( de Juan de la Cruz López en 1797).
§        “…estando gravemente enfermo del cuerpo pero sano y libre de mis potencias y sentidos, en mi entero juicio y entendimiento natural que Dios nuestro señor fue servido quererme dar…” (de Silvestre González, de El Villar, en 1797).
3        La Protestación de Fe: es el apartado del testamento donde el enfermo va a declarar profusamente su fe católica. Toda una declaración de fidelidad a sus profundas creencias cristianas:
§        “…creyendo como firme y verdaderamente creo en el soberano y Divino Misterio de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas distintas, y un solo Dios verdadero, en todos los demás artículos y misterios, que cree, confiesa, predica y enseña nuestra Santa Madre Iglesia Catholica, Apóstolca, Romana bajo cuya fe y creencia he vivido y protexto vivir y morir como fiel católico christiano y porque temo la muerte, que es cosa natural a toda criatura humana…”  (de Francisco Domínguez Bernal en 1797).
§        “…después de confesar como verdaderamente confieso por ciertos y verdaderos  todos los soberanos misterios de nuestra Santa Religión que están contenidos en el Credo, y artículos de la santa fee, los que creiendo sin duda alguna, y lo demás que Dios ha revelado a su esposa amada Nuestra Santa Madre la Iglesia, y esta ha porpuesto, en cuia firme fee y segura creencia he vivido siempre, y espero morir…”  (de Gabriel Alejandro Sanz en 1791).
4       La encomienda: el doliente  muestra la disposición del futuro difunto para dejar su alma en manos de Dios:
§        “Encomiendo mi alma a Dios Nuestro Señor, que la crió de la nada, hizo y formó a su ymagen y semejanza y redimió de la culpa con el infinito precio de su Santísima Sangre, Pasión y Muerte que por ello padeció y le suplico me la quiera llevar a su gloria eterna con sus excogidos y el cuerpo ofrezco a la tierra de cuio elemento fue formado…” (de Juan de la Cruz López en 1797).
§        “…encomiendo mi alma a Dios Nuestro Señor, que con su poder la crió de nada y la pongo en sus divinas manos pues de ellas la recibí para que mediante  los superabundantes méritos de mi señor Jesu Christo quien a costa de haver derramado su sangre preciosísima la redimió con ella, se digne por propio efecto de su bondad inmensa llebarla a descansar a la eterna gloria, teniendo misericordia de ella y perdonándome todas las culpas y pecados con las demás ofensas que contra su divina Magestad hubiere ejecutado y cometido.” (de Gabriel Alejandro Sanz en 1791).
5        La Intercesión: el cristiano, temeroso de Dios a lo largo de la historia, buscó intercesores celestiales para acceder al Dios verdadera como paso intermedio para llegar a la gracia divina. Los testamentos también ponen de manifiesto la particular devoción de cada testador:
§        “…para lo que invoco por mi intercesora y abogada a la Soberana siempre Virgen María y demás Santas y Santos de la Gloria que rieguen a Dios por mí…” (de Francisco Domínguez Bernal en 1797).
§        “…para lo qual pongo por intercesora, medianera y abogada a la Reyna de los Ángeles María Santísima Señora Nuestra  a el Santo Ángel de mi Guarda, los de mi nombre y devoción, y a todos los demás de la Corte Celestial para que impetren y me alcanzen de Nuestro Señor y Redentor Jesu-cristo el perdón y remisión de todas mis culpas y pecados, que por sus infinitos méritos espero conseguir y que después de esta presente vida lleve mi alma a gozar de su beatífica presencia…” (del Bachiller Manuel Bernal, Presbítero, en 1836).
6       La sepultura: como decíamos al inicio, no todos los habitantes de la localidad tenían el mismo tipo de enterramiento. Por regla general, aquellos que hacían testamento eran las personas de vida más acomodada, por lo que generalmente poseían un lugar de enterramiento (siempre en el interior de la iglesia de Nuestra Señora de la Asunción) que había pertenecido históricamente a su familia. Además de ellos, los Sacerdotes tenían un lugar privilegiado de enterramiento, normalmente en el Coro de la Iglesia o bajo el altar mayor. Junto al lugar de sepultura, es indicativo la mortaja usada por cada difunto, dispuesta con antelación a la muerte en el mismo testamento:
§        “Y mando que verificándose mi fallecimiento mi cuerpo sea sepultado en la yglesia parrochial de esta villa su título Nuestra Señora de la Asumpcion con la mortaja de costumbre, y se me haga un entierro según y en mi conformidad lo dispusiese Juan Domínguez Bernal, mi hijo legítimo a quien he nombrado por uno de mis albaceas…”  (de Francisco Domínguez Bernal en 1797).
§        “…mando que verificándose mi fallecimiento, mi cuerpo sea sepultado en la Iglesia Parrochial de esta villa, amortajado con la túnica blanca que tengo como Hermano de la Hermandad de la Santa Vera Cruz…” (de Manuel Lorenzo Trigo en 1774).
§        “…item, mando que verificándose mi fallecimiento, mi cuerpo amortajado, según dispusiesen mis albaceas, sea sepultado en la iglesia Parrochial de esta villa, su titular Nuestra Señora de la Asunción, en una sepultura de la capilla de Nuestra Señora del Carmen…” (de Lucía Gómez en 1775).
§        “Mando que cuando Dios Nuestro Señor Sea mandado llevarme de ésta para la otra vida, mi cuerpo sea sepultado en la Iglesia Parrochial de esta villa en una sepultura que para este efecto se me abrirá en la entrada de una de sus puertas  la que mira al mediodía amortajado con el habito de Capuchinos de cuia Religión soy y he sido síndico y hermano espiritual y enzima las vestiduras sacerdotales” (de Juan Lorenzo de Bolaños, Presbítero, en 1776).
§        “…verificado mi fallecimiento, quiero que sea sepultado en la Iglesia Parrochial de esta villa con vestiduras sacerdotales y en la sepultura que mis albaceas elijan, pero mi voluntad es que sea en el coro, a los pies  donde tengo mi asiento como tal cura.” (Juan Vázquez de León, Presbítero, en 1771).
§        “…mando mi cuerpo a la tierra de que fue formado y por cuanto soy único Patrono y Fundador de la devota Hermita del Santo Sepulcro de esta villa por haberla hecho construir y edificar a mis expensas según consta de los justos y legítimos títulos que de todo tengo, quiero y es mi voluntad que usando de la licencia que para hacerlo se halla en mi poder, sea en ella enterrada mi cuerpo y se le de sepultura en el modo y forma que aquí se expresa…” (de Gabriel Alejandro Sanz, en 1791).
7        El entierro: el deseo de perpetuar el alma en la gloria del cielo llevó a los testadores a crear todo un entramado de misas por su alma que, por ello,  logró mantener un nutrido grupo de sacerdotes en Zalamea (hasta 43 simultáneamente se contabilizan en cierta la Modernidad zalameña). La fundación de Capellanías y Obras Pías por los ciudadanos de mayor capacidad monetaria también logró sustentar a muchos sacerdotes beneficiados que vivieron de las rentas de las misas que los finados dejaban pactadas por escrito:
§        “…se me haga un entierro de tres posas en el tránsito, una vigilia, Misa Cantada de Cuerpo Presente y después unas grazias que vendrán a rezarse a las casas de mi morada. Así mismo se me diga otra misa cantada en lugar de cabo de año, y que en este día se repitan otras grazias como las antecedentes en dichas casas. Ygualmente mando se digan por mi ánima e intención las de dichos mis Padres y demás del Purgatorio que sean de mi obligación, ciento y cincuenta misas; y por cargos de conciencia, cincuenta, todas rezadas, con la limosna de quatro reales de vellón cada una, la quinta parte de todos a la Colecturía y las demás las distribuirán mis albaceas para que sean dichas en esta citada villa y solo en el caso que no puedan ser aplicadas con brevedad los podrían mandar decir fuera de ella…”  (de Juan de la Cruz López en 1797).
§         “el día de mi fallecimiento, o en el siguiente, se cante una misa de vestuario en el altar del Señor San Miguel que está en la Hermita de Señor San Juan Bautista de esta villa […] Mando y ordeno que aquella cera que se suele poner en las sepulturas para sufragio de las almas de los que yacen en ellas, y que por charidad me havian de poner en la mía mis parientes, o amigos, lo pongan en el Altar donde esta el Santísimo Sacramento oculto o manifiesto pues quiero cederle al Señor este honor […] Mando y es mi voluntad instituir, y de hecho instituyo una memoria perpetua de nueve misas rezadas, su limosna 3 reales de vellón cada una, las que quiero se digan en la hermita de esta villa conocida a el presente por el de la Pastora, en el altar propio del Señor San Miguel, que he costeado a mis espensas, haciéndole camarín, retablo y demás adornos que hoy tiene […]” (de Juan Lorenzo de Bolaños, Presbítero, en 1776).
Al margen de la imagen de la muerte durante el periodo, ni que decir tiene la riqueza informativa que nos dejan los testamentos a la hora de estudiar otros aspectos de la vida zalameña. La visión que nos ofrece este tipo de documentos es especialmente relevante para conocer mentalidades, lugares, fechas, nombres, cargos, personajes y heredades durante la Edad Moderna en Zalamea la Real.
La muerte, como hemos podido comprobar, es su faceta más material, distinguía entre ricos y pobres (aunque esta verdad no dista mucho de lo que hoy en día se manifiesta). Pero, como dice la locución latina, aequat omnes cinis, la ceniza nos iguala a todos.

José Manuel Vázquez Lazo

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